Una resolución de la Cámara Federal de Resistencia (Chaco) revocó lo resuelto por el Juzgado Federal de la Ciudad de Reconquista (Santa Fe) y declaró su competencia Federal para tratar la cuestión.
Dicha Cámara hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Banco Nación para suspender las tasas que le cobran a la entidad las municipalidades de San Javier y Avellaneda en la provincia de Santa Fe.
De esta manera, la Justicia decretó la medida cautelar peticionada por el Banco Nación y ordenó a ambas municipalidades que se abstengan de reclamar, intimar, adoptar y/o proseguir cualquier acción judicial o extrajudicial tendiente a obligar a su parte a ingresar las sumas reclamadas en concepto de dichos gravámenes.
Los argumentos del Banco se basan en que la ordenanza que sostiene estas tasas es inconstitucional, que le imponen un tributo municipal desproporcionado sobre una base imponible que excede la actividad que la entidad tiene en esas localidades y que el efecto final es un aumento en los costos de los créditos.
Al respecto, el presidente del Banco Nación, Daniel Tillard expresó: «Celebramos la comprensión de la Justicia para abrir una instancia de racionalidad y resolver el obstáculo que significan estas tasas municipales para lograr el desarrollo del crédito en el país, especialmente el hipotecario”.